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miércoles, 16 de diciembre de 2015

Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

En el BOE del 15/12 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre).
Bases específicas
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso libre, para cubrir 376 plazas de las comprendidas en el anexo II, apartado «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (código de Cuerpo 020) a través del sistema de oposición, con la siguiente distribución territorial.
Ámbito territorial
Sistema general
Reserva personas con discapacidad
Andalucía
6
Canarias
46
2
Cataluña
79
5
Comunidad Valenciana
35
2
Madrid
81
5
Navarra
6
País Vasco
42
2
La Rioja
5
Ministerio de Justicia
57
3
Total
357
19
1.2 Del total de las plazas convocadas reservarán 19, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.
Se considerarán afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 33 % de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas no se acumularán a las de sistema general.
Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.
1.3 Los aspirantes podrán participar por un único ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.
1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el «Boletín Oficial del Estado» y en los «Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas» donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I-A.
2.2 En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la nota del primer ejercicio y si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la «J», de acuerdo con la Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
3. Programas
El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en la Orden JUS/2171/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre). El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.
No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá solo la legislación vigente en la fecha de la convocatoria.
4. Titulación y otros requisitos de participación
Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las bases comunes y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («BOE» de 17 de junio), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
5. Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia (modelo 790–Código 007 en cuya parte superior figura «solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen»), que estará disponible en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo se descarga gratuitamente de la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y de las páginas web de las Comunidades Autónomas que ofertan plazas y que se indican en la base 6.7.
5.2 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del 12 de enero de 2016 y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará por alguno de los siguientes medios:
a) A través del Registro Electrónico del Ministerio de Justicia en la Dirección de Internet www.mjusticia.gob.es, o páginas web de las Comunidades Autónomas que ofertan plazas, indicadas en la base 6.7 y de acuerdo con las instrucciones que en ellas se indican.
La presentación de instancias por este sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa de examen.
Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción del importe de ésta no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia en soporte papel acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados a continuación.
b) En el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 Tasa de derechos de examen.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 14,97 euros para el turno libre (7,49 euros en caso de derecho a reducción del 50 %) y se abonará según se indica en la base novena de las bases comunes.
Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se detallan en la base novena, punto 6, de las bases comunes que deberán acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica en el punto quinto de dicha base novena.
5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en la misma y se reproducen en el anexo III y además, con las instrucciones particulares siguientes:
5.5.1 En el recuadro 20 relativo a «Provincia de examen», los aspirantes, harán constar la provincia de entre las siguientes y conforme al ámbito territorial por el que se presentan, en cuya capital desean realizar el primer ejercicio de la oposición.
Ámbito territorial
Localidad de examen
Andalucía.
Sevilla (41).
Canarias.
Las Palmas (35).
Tenerife (38).
Cataluña.
Barcelona (08).
Comunidad Valenciana.
Valencia (46).
Madrid.
Madrid (28).
Navarra.
Navarra (31)-Pamplona.
País Vasco.
Álava (01)-Vitoria.
La Rioja.
La Rioja (26)-Logroño.
Ámbito de gestión del Ministerio de Justicia.
Albacete (02).
Cáceres (10).
Ceuta (51).
Madrid (98)-Órganos Centrales.
Melilla (52).
Murcia (30).
Illes Balears-Palma de Mallorca (07).
Valladolid (47).
Los aspirantes que en su instancia de participación inicial no especifiquen el ámbito por el que concurren optando por una de estas localidades de examen u opten por ámbito no convocado, no podrán ser admitidos.
5.5.2 Para el caso de aspirantes con discapacidad.
a) Los aspirantes con discapacidad harán constar en el recuadro 21 el grado de discapacidad que tengan reconocido y, en el recuadro 23 expresarán las adaptaciones de tiempo y medios que pudieran en su caso requerir, a fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios.
Se deberá, en este caso, aportar, además, el dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad.
b) Los aspirantes con grado igual o superior al 33 por ciento que opten por las plazas del cupo de reserva de personas con discapacidad que se indican en la base 1.2 deberán hacerlo constar marcando un aspa en la casilla 22 «Reserva discapacidad».
5.5.3 Los aspirantes que concurran por el ámbito territorial correspondiente a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia, podrán acreditar su conocimiento de ésta por medio de dos sistemas:
a) La realización de una prueba optativa, en cuyo caso escribirán la palabra «realiza» en el recuadro correspondiente «Prueba optativa de idioma».
b) La acreditación documental de dicho conocimiento, para lo cual deberán escribir la palabra «documenta» en dicho recuadro, y remitir en el momento oportuno y en los términos previstos en esta Orden las certificaciones acreditativas del conocimiento del idioma.
Para aquellos opositores que no tengan acreditada la puntuación máxima a otorgar por este concepto cabe la posibilidad de acogerse a ambos sistemas, aportando la certificación correspondiente al nivel que tengan acreditado y presentándose al examen optativo del nivel inmediatamente superior. En este caso deberán escribir en el recuadro correspondiente «documenta y realiza».
Del mismo modo se procederá, en su caso, respecto del conocimiento del Derecho Civil Foral del País Vasco, escribiendo en la casilla correspondiente.
6. Tribunales
6.1 El Tribunal calificador único, los Tribunales Delegados en las Comunidades Autónomas que convocan plazas y las unidades de colaboración son aquellos que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
Si, a lo largo del proceso selectivo, por renuncia de los interesados, u otras causas justificadas fuera preciso sustituir a algún o algunos miembros de los Tribunales o Unidades de Colaboración, la sustitución tendrá lugar mediante Orden ministerial que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
6.2 En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia:
Corresponde a los Tribunales calificadores únicos la elaboración de las pruebas que habrán de desarrollarse, la determinación del calendario de realización de estas y de los criterios de valoración, así como la resolución de cuantas consultas puedan plantearse por los distintos Tribunales Delegados.
Los Tribunales Delegados actuarán, en su ámbito territorial, por delegación del Tribunal calificador único, bajo su dependencia y dirección, a fin de garantizar la igualdad entre todos los aspirantes a lo largo del proceso selectivo.
6.3 En las sedes de examen donde no radique el Tribunal calificador único o un Tribunal Delegado, el órgano competente del Ministerio de Justicia nombra a funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica (en ambos casos que presten servicios en el Ministerio de Justicia u Órgano competente de la Comunidad Autónoma) o de la Administración de Justicia, para colaborar en el desarrollo de dichas pruebas bajo la dirección del Tribunal calificador único o Tribunal Delegado, al que representarán, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya.
6.4 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, los Tribunales velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
6.5 Los Tribunales tendrán la categoría segunda de las previstas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6.6 La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en: el Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle San Bernardo, 21 (teléfono 902 007 214 y 918 37 22 95); la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es); el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.administracion.gob.es); las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. También se podrá utilizar el formulario de contacto al que se accede a través de la página web del Ministerio de Justicia.
6.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal calificador único será: calle San Bernardo, 21, 28071 Madrid (Teléfono: 902 007 214 y 918 372 295). Los Tribunales Delegados tienen las sedes siguientes:
TRIBUNALES DELEGADOS
Comunidad Autónoma
Órgano
Teléfono
Andalucía.
Instituto Andaluz de Administración Pública, Servicio de Formación y Selección del Personal de Justicia, C/ Torneo 26, 41071 Sevilla.
www.iaap.junta-andalucia.es/institutodeadministracionpublica.
955 042 709
955 042 400
Canarias.
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. Edificio de Servicios Múltiples II, C/ Agustín Millares Carló, n.º 18, 35071 Las Palmas de Gran Canaria.
http://www.gobiernodecanarias.org/justicia
928 117 983
Cataluña.
Subdirecció General de Recursos Humans i Econòmics, C/ Pau Clarís, 81, 3.º, 08010 Barcelona.
http: // www.justicia.gencat/cat/ca/serveis/ofertes_de_treball
933 164 243
933 164 216
Madrid.
Dirección General de Justicia, Gran Vía, 18, 28013 Madrid.
www.madrid.org/justicia
917 209 089
Navarra.
Dirección General de Presidencia y Justicia, C/ Monasterio de Irache, 22, bajo, 31011 Pamplona.
www.navarra.es
848 046 791
848 426 780
País Vasco.
Dirección de la Administración de Justicia, C/ Donostia-San Sebastián, n.º 1, 01010 Vitoria-Gastéiz.
www.justizia.net
945 019 132
945 019 131
Comunidad
Valenciana.
Dirección General de Justicia, Ciudad Administrativa 9 de octubre, torre 4, 2.ª planta, C/ Castán Tobeñas, 77, 46018 Valencia.
www.gov.gva.es/va/home
961 209 247
961 209 248
La Rioja.
Dirección General de Justicia e Interior, C/ Vara del Rey 1, 26071 Logroño.
www.larioja.org
941 291 100
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1 Orden de actuación.
El orden de actuación de los opositores, en todos los ámbitos territoriales, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 5 de febrero de 2015 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de febrero).
7.2 Duración del proceso selectivo.
Salvo que concurra causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal calificador único, el proceso selectivo tendrá una duración máxima de seis meses contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio hasta la fecha de nombramiento como funcionario de carrera.
7.3 Los ejercicios de la fase de oposición son los que se detallan en el anexo I-A de esta convocatoria.
El primer ejercicio tendrá lugar en la misma fecha y hora en todas las sedes de examen y dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos. La convocatoria, indicando fecha, hora y lugares de celebración será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Concluido el primer ejercicio, el Tribunal hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y páginas web de las Comunidades Autónomas, las listas de opositores de cada ámbito territorial que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida y emplazarán a los incluidos en las mismas para la realización del siguiente ejercicio.
Los opositores que no se hallen incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.
Finalizados todos los ejercicios de la oposición, el Tribunal calificador único hará públicas, por el mismo medio, las relaciones de aprobados de cada ámbito territorial que han superado la oposición.
Los opositores incluidos en estas relaciones y que se presenten por alguno de los ámbitos territoriales con lengua oficial propia, que hubieran hecho constar en su instancia su opción de acreditar documentalmente su conocimiento de ésta, aportarán en el plazo de diez días hábiles las certificaciones acreditativas correspondientes en la sede del Tribunal Delegado competente, indicada en la base 6.7.
Los aspirantes que concurran por el ámbito del País Vasco aportarán en este mismo plazo y en su caso la documentación acreditativa de sus conocimientos del Derecho Civil Foral.
7.4 Embarazo de riesgo y parto.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal Calificador Único. En todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
7.5 Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Concluidos los ejercicios obligatorios de la oposición, los aspirantes comprendidos en la relación de aprobados que concurran por ámbito territorial con lengua autonómica propia, serán emplazados para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de dicha lengua, si así lo hubieran solicitado en su instancia. Paralelamente, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento del idioma, que se hubiere presentado oportunamente, por los opositores que hayan optado por acreditar documentalmente el conocimiento del mismo.
Para aquellos opositores que, de acuerdo con lo dispuesto en la base 5.5.3, hayan optado por ambos sistemas, la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que en ningún caso pueda ser acumulativa.
La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se ajustará según el baremo contenido en el anexo I-B) de esta convocatoria y solo surtirá efectos para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Del mismo modo y con los mismos efectos, se procederá para la valoración de los conocimientos del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
7.6 Una vez terminada la oposición el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de aprobados, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá superar el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, con indicación del número de orden, nombre y apellidos, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, total de todos los ejercicios obligatorios. Junto con esta nota total pero separada de ella y sin sumarse a la misma figurará, en su caso, la obtenida en la lengua oficial, distinta al castellano de la Comunidad Autónoma por cuyo ámbito territorial concurre, y la obtenida por el conocimiento del derecho civil foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por este cupo de reserva de reserva superase los ejercicios correspondientes pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en este turno.
En este mismo momento, el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes ofertarán los destinos disponibles en cada ámbito territorial.
8. Presentación de documentación
8.1 Los aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados, en el plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la documentación siguiente:
a) Solicitud de destino, ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la oferta de empleo público publicada por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes.
b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, expedido por el Facultativo de Medicina General del Sistema Nacional de Salud que le corresponda al interesado.
c) Los aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los Órganos competentes, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo IV).
El certificado de antecedentes penales será aportado de oficio por el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
e) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
Dos fotocopias del documento nacional de identidad o equivalente.
Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.
f) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependa, por la que se acredite su condición y requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
8.4 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes, y siempre que el Tribunal hubiera propuesto tantos aspirantes como plazas convocadas, el Ministerio de Justicia requerirá a este último relación complementaria de aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.
En este supuesto los aspirantes incluidos en esta relación complementaria deberán presentar la documentación acreditativa que se detalla en esta misma base en el plazo de cinco días hábiles desde su publicación en la página web del Ministerio de Justicia.
Los opositores afectados, que concurran por alguno de los ámbitos territoriales que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia o Derecho Foral serán convocados, en su caso, a la realización de la correspondiente prueba optativa o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental que hubiera aportado.
9. Nombramiento
Comprobado que los aspirantes, cuyo número no podrá superar en ningún caso al de plazas convocadas en cada ámbito territorial reúnen los requisitos de la base 4 de la presente orden y de la séptima de las bases comunes, serán nombrados funcionarios de carrera, mediante Orden del Ministerio de Justicia que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y diarios oficiales de las Comunidades Autónomas competentes.
Dado el carácter nacional del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, para el nombramiento como funcionarios de carrera, se confeccionarán dos listas en cada ámbito territorial, una en la que se consignarán las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo, y otra con especificación de la puntuación obtenida en la prueba de lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y del derecho civil foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
10. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia; el Real Decreto 196/2015, de 22 marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia; y lo dispuesto en la presente Orden de convocatoria.
Con carácter supletorio, en lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de normativa vigente en la materia.
Contra la presente convocatoria, y cuantos actos administrativos de ella deriven, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Secretaría de Estado de Justicia podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 1 de diciembre de 2015.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), la Secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés Martín.
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo I
Descripción del proceso selectivo.
I-A Oposición: ejercicios obligatorios.
I-B Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Anexo II. Tribunales.
Anexo III. Instrucciones de cumplimentación de la instancia.
Anexo IV. Modelo de declaración jurada.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
I-A Oposición: ejercicios obligatorios
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios.
1.1 Primer ejercicio. Constará de dos pruebas; ambas obligatorias y eliminatorias, que tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, una a continuación de otra.
1.1.1 Primera prueba de carácter teórico, escrito y eliminatorio, consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en la Orden JUS/2171/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), para el acceso por turno libre. Constará de 100 preguntas válidas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta.
La duración de la prueba será de 75 minutos, y se calificará de 0 a 100 puntos.
Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 104 preguntas, siendo las cien primeras ordinarias y evaluables y las cuatro últimas de reserva. En el caso en que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución a efectos de su evaluación de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.
El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados, decidirá cuál será la puntuación mínima para superar esta prueba en cada ámbito territorial, puntuación que nunca podrá ser inferior a 50 puntos, y hará público dicho acuerdo. Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no les será corregida la segunda prueba ni serán convocados al segundo ejercicio de la oposición.
1.1.2 Segunda prueba. De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar 20 preguntas tipo-test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.
La duración de la prueba será de 30 minutos y se calificará de cero a cuarenta puntos, a razón de dos puntos por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas descontarán 0,50 puntos, y las no contestadas descontarán 0,25 puntos. Para superar la prueba se precisará un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la consideración de No aptos y no serán convocados al segundo ejercicio.
El Tribunal propondrá un cuestionario de 21 preguntas, veinte ordinarias y una de reserva y, en caso de anulación de una de las ordinarias, el Tribunal en el acuerdo de anulación establecerá que puntúe en lugar de la anulada, la pregunta de reserva.
1.2 Segundo ejercicio. Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos un texto en Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine.
El segundo ejercicio se celebrará en la misma fecha y hora en todas las sedes de examen. No obstante, el Tribunal Calificador podrá establecer varios turnos a celebrar el mismo día, o en días consecutivos, en aquellas sedes de examen en que pudiera ser necesario, en función de la disponibilidad de aulas dotadas del equipamiento informático preciso.
La duración de este ejercicio será de 15 minutos y se puntuará entre cero y sesenta puntos.
Se valorarán dos aspectos: la velocidad y el formato: En el concepto «velocidad» se valorarán las pulsaciones brutas así como los errores y omisiones en la transcripción del texto que restarán pulsaciones y permitirán hallar las pulsaciones netas. En el concepto «formato» se valorarán los elementos de composición y presentación del documento que el Tribunal determine. Antes de la celebración del ejercicio y, según la dificultad y características del texto que haya decidido seleccionar para su transcripción, el Tribunal calificador único hará público en la página web del Ministerio de Justicia el Baremo que se aplicará para su corrección y en el que se determinarán de modo concreto y detallado las penalizaciones por errores u omisiones que se aplicarán en el concepto «velocidad», y el porcentaje máximo de errores u omisiones sobre el total de pulsaciones que será compatible con el aprobado. Se determinarán asimismo los elementos que serán susceptibles de valoración como «formato» y la puntuación a otorgar por cada uno de ellos.
Celebrado el examen, el Tribunal a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes decidirá cuál es el mínimo de puntuación exigido en cada uno de los dos conceptos valorables para superar el segundo ejercicio en cada ámbito territorial. Esta puntuación, sumados ambos conceptos, nunca podrá ser inferior a 30 puntos.
1.3 La calificación de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
1.4 reserva de notas. A los aspirantes que concurran por el turno de reserva para personas con discapacidad y que obtengan en cualquiera de estos ejercicios una puntuación igual o superior al 60 % de la nota máxima posible prevista en los párrafos que anteceden, se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior siempre que el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos.
I-B Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las comunidades autónomas y del derecho civil foral de la comunidad autónoma del Pais Vasco
1. Conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.
Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizada la fase de oposición y establecidas las listas de aprobados que hubieran obtenido plaza, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente, o mediante la realización de una prueba de nivel de conocimientos.
La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número de orden en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en los ejercicios obligatorios.
Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrados por el aspirante y los criterios valoración establecidos a continuación:
En la Comunidad Autónoma de Cataluña:
De conformidad con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modifica el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán («DOGC» núm. 6536, de 9-1-2014) y el Decreto 180/2014, de 30 de diciembre, sobre el certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J) – («DOGC» núm. 6780, de 31-12-2014), el conocimiento oral y escrito del catalán y el conocimiento del lenguaje jurídico (nivel J) debidamente acreditados por medio de certificación de la Dirección General de Política Lingüística y por el centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o equivalentes, supone el reconocimiento, sólo a estos efectos, de hasta 18 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los términos siguientes:
1. Certificado de nivel B2 (hasta enero de 2014, nivel B) o títulos homologados: Seis puntos.
2. Certificado de nivel C1: (hasta enero de 2014, nivel C) o títulos homologados: Doce puntos.
3. Certificado del nivel C2 (hasta enero de 2014 nivel D) o títulos homologados: Dieciocho puntos.
4. Certificado de conocimiento de lenguaje jurídico nivel J: Dieciocho puntos.
En el ámbito del País Vasco:
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Perfil lingüístico 2: Seis puntos.
Perfil lingüístico 3: Doce puntos.
Perfil lingüístico 4: Dieciocho puntos.
En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra:
En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence, de conformidad con establecido por el Decreto Foral 55/2009 de 15 de junio («Boletín Oficial de Navarra» n.º 81, de 3-7-2009), y la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre («Boletín Oficial de Navarra» n.º 117, de 27-9-2010), el conocimiento oral y escrito del vascuence debidamente acreditado por medio de certificación de superación de cada uno de los Niveles, expedido por el servicio de Vascuence e idiomas comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública o equivalente, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta 18 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:
1. Certificado de nivel 3 o títulos equivalentes: 6 puntos.
2. Certificado de nivel 4 o títulos equivalentes: 12 puntos.
3. Certificado de nivel 5 o títulos equivalentes: 18 puntos.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:
Certificado de grado elemental: Seis puntos.
Certificado de grado medio: Doce puntos.
Certificado de grado superior: Dieciocho puntos.
La acreditación documental del conocimiento del valenciano se efectuará mediante la aportación de correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta Calificadora de Coneixements del Valencià.
2. Evaluación de los conocimientos del derecho civil foral de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco.
Para los aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil especial y foral del País Vasco, otorgándose por este concepto seis puntos, que se reflejarán en todo caso separados de los obtenidos en los ejercicios obligatorios y sólo surtirán efectos para establecer el orden de prelación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Criterios de Valoración:
A) La documentación válida para aquellos opositores que opten por la acreditación documental, es la siguiente:
1. Licenciatura en Derecho, habiendo cursado como asignaturas:
a. Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco.
I. UD, Plan 1953: 90 horas.
II. UD, Plan 1998: 60 horas.
b. Derecho Civil Foral del País Vasco 1.
I. UD, Plan 1993: 30 horas.
2. Grado en Derecho, habiendo cursado como asignatura Derecho Civil y Autonómico Vasco (6 créditos).
2. Máster en Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco: 540 horas (54 créditos).
4. Diploma de especialización en Derecho Civil Foral del País Vasco-presencial: 220 horas (22 créditos).
5. Diploma de especialización en Derecho Civil Vasco-online-: 210 horas (21 créditos).
6. Doctorado en Derecho: (Mínimo 60 horas: 6 créditos).
a. Título de doctor en Derecho, con tesis sobre Derecho Civil Foral del País Vasco.
b. Cursos de doctorado en Derecho sobre Derecho Civil Foral del País Vasco.
B) Para aquellos opositores que opten por realizar el examen, este consistirá en la contestación a un cuestionario tipo-test de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es correcta.
Las respuestas acertadas se valorarán con 1 punto. Las respuestas incorrectas o las preguntas no contestadas no serán puntuadas. Para superar el ejercicio es preciso obtener un mínimo de 20 puntos.
El cuestionario versará sobre el temario siguiente:
Temario para examen
1. Competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Derecho Civil Foral. Leyes sobre el Derecho Civil Foral del País Vasco. Fuentes del Derecho Civil Foral; sistema de fuentes, el derecho supletorio. Naturaleza de las leyes del Derecho Civil Foral Vasco.
2. Fuero Civil de Vizcaya. Ámbito territorial y personal: el Infanzonado y las villas. Vizcaínos Aforados y no aforados. Obligaciones de los vizcaínos. Derechos de los vizcaínos no aforados. Nacionalidad y vecindad de los extranjeros en Vizcaya. Conflictos de leyes, criterios.
3. Fuero Civil de Vizcaya. La Troncalidad: Definición. Derechos y obligaciones de la troncalidad. Vecindad civil y troncalidad. Saca Foral: adquisición preferente, bienes a los que se afecta, llamamientos y tasación; la «Saca», casos en que procede.
4. Fuero Civil de Vizcaya. Sucesión forzosa: Legítima y Legitimarios, el apartamiento. Derechos de los tronqueros, orden de suceder. Sucesión abintestato: orden de suceder. Sucesión testada: formas testamentarias propias del derecho civil foral vasco. El poder testatorio.
5. Fuero civil de Vizcaya. Régimen económico matrimonial: Fijación y variación. Régimen legal supletorio, y normas para su determinación. Comunicación foral, nacimiento y consolidación y cese. Comunicación foral, causa de cese. Administración y disposición de los bienes constante matrimonio. Extinción del régimen económico.
6. Fuero Civil de Álava. Ámbito territorial y personal. Régimen sucesorio de Ayala, el «usufructo poderoso».
7. Fuero Civil de Guipúzcoa. Ámbito territorial, personal y funcional. Sucesiones; Ordenación sucesoria del caserío por causa de muerte.
ANEXO II
Tribunales
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso libre
Tribunal calificador único
Tribunal titular:
Presidenta: Ilma. Sra. doña Elena Raquel González Bayón, Magistrada.
Vocales:
Doña Carmen Calvo Velasco, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Teresa Sánchez Núñez, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Guadalupe Seijas Fernández, Funcionaria Subgrupo A2 destinada en el Ministerio de Justicia.
Doña Estela Blázquez Noya, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña María del Mar Bles Pérez, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Fernando Sancho Gordo, Funcionario Subgrupo A2 destinado en el Ministerio de Justicia.
Tribunal suplente:
Presidenta: Ilma. Sra. doña María Belén Sánchez Hernández, Magistrada.
Vocales:
Doña Resurrección Utrilla Hernán, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Miguel Anaya del Olmo, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Jesús Martos Maldonado, Funcionario Subgrupo A2 destinado en el Ministerio de Justicia.
Don Juan Carlos Galán, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña M.ª Esther Lobe Barbero, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Francisco Javier Pérez Prosa, Funcionario Subgrupo C1 destinado en el Ministerio de Justicia.
Tribunal Delegado de Andalucía
Tribunal titular:
Presidente: Ilmo. Sr. don Francisco Manuel Gutiérrez Romero, Magistrado.
Vocales:
Doña M.ª Auxiliadora Ariza Fernández, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Ana M.ª Gullón Gullón, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Carlos Simón Ferrer, Funcionario del Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Doña María Isabel Casado Espínola, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña Concepción Mora López de Cervantes, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Rosario Salas Vidal, Funcionaria del Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal suplente:
Presidenta: Ilma. Sra. doña Carmen Jesús Ruiz Mesa, Magistrada.
Vocales:
Doña Ana María Alfaro Rojas, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Josefa María Picamill Vela, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Carmen León Bertrand, Funcionaria del Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Don Fernando Humanes Lozano, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don Manuel Domínguez Bernal, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Aurelio Palanque Yagüe, Funcionario del Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal Delegado de Canarias
Tribunal titular:
Presidente: Ilmo. Sr. don Secundino Alemán Almeida, Magistrado.
Vocales:
Doña Yolanda Zafra Barranco, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Eva M.ª Hernández Burgos, Letrada de la Administración de Justicia.
Don José Carlos Reyes Arencibia, Funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Doña María Isabel Alvarado López, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don Ricardo Sáez Rivero, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Celia Naranjo García, Funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal suplente:
Presidente: Ilmo. Sr. don Cosme Antonio López Rodríguez, Magistrado.
Vocales:
Doña Carmen Rosa Puebla Soto, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Gisela Cifrián Gil, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Alicia Martínez Martínez, Funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Don Ángel Sanmartín Pérez, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña Juana Rosa Rivero Rodríguez, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Delia Melián Aguiar, Funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal Delegado de Cataluña
Tribunal titular:
Presidente: Ilmo. Sr. don Joan Francesc Uría Martínez, Magistrado.
Vocales:
Doña Blanca Urios Jover, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Pablo González Amorrich, Letrado de la Administración de Justicia.
Doña Nuria Grau Casanova, Funcionaria Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Don David Boch Baena, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don José López Ferrero, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Nuria Pastors Fernández, Funcionaria Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal suplente:
Presidente: Ilmo. Sr. don Francesc Xavier González de Rivera Serra, Magistrado.
Vocales:
Don Baltasar Martínez Collado, Letrado de la Administración de Justicia.
Doña M.ª Luz Carballo Vega, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Sergi García Lorente, Funcionario Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Doña Encarna Serrano Cespedosa, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don David Barragán Fernán, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Montserrat Llorach Boladeras, Funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal Delegado de la Comunidad de Madrid
Tribunal titular:
Presidente: Ilmo. Sr. don Juan José Escalonilla Morales, Magistrado.
Vocales:
Doña M.ª José Moure Lorenzo, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Elena Oca de Zallas, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Yolanda Álvarez Rosa, Funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.
Don Óscar Mir Cebrián, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don Juan José Carral Iglesias, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Carmen Calvo Domínguez, Funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal suplente:
Presidenta: Ilma. Sra. doña Beatriz López Frango, Magistrada.
Vocales:
Don Pedro José Hernández Gallego, Letrado de la Administración de Justicia.
Don Antonio Gutiérrez López, Letrado de la Administración de Justicia.
Doña M.ª Gracia Albalá Hernández, Funcionaria Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Doña Olga Silvia Nieto Palomo, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña M.ª Carmen Bermúdez Abril, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Ana M.ª Bernardo Pérez, Funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal Delegado de la Comunidad Valenciana
Tribunal titular:
Presidente: Ilmo. Sr. don Gonzalo Sancho Cerdá, Magistrado.
Vocales:
Doña Mirian Muñoz Peiró, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Domingo Fernández Soriano, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Alberto Navarro Bustamante, Funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Don Juan José González Iranzo, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña Patricia Gómez-Caraballo Soria, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Luis Miguel Torres Monteagudo, Funcionario Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal suplente:
Presidenta: Ilma. Sra. doña Beatriz Sarrión Martí, Jueza.
Vocales:
Doña Susana Ochoa Eguizabal, Letrada de la Administración de Justicia.
Don José Esteban Briz Recio, Letrado de la Administración de Justicia.
Don Carlos Jesús López Rodas, Funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Doña Desamparados Esteve Díaz-Madroñero, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña Raquel Cervera Daries, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Basilio Fernández Manteca, Funcionario Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal Delegado de Navarra
Tribunal titular:
Presidenta: Ilma. Sra. doña María Alemán Ezcaray, Magistrada.
Vocales:
Doña Elena María Daniel del Valle, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Maite Arenaza Sarasola, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Eneko Ardaiz Ganuza, Funcionario Subgrupo A2 de la Comunidad Foral de Navarra.
Doña Ramona Domínguez Fernández, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don Rafael Molinero Cáncer, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Ángel Javier Carrica Arrese, Funcionario Subgrupo A1 de la Comunidad Foral de Navarra.
Tribunal suplente:
Presidente: Ilmo. Sr. don Emilio Labella Osés, Magistrado.
Vocales:
Doña Sara Otero del Amo, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Marta Carmen Murillo Edo, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Silvia Iriguibel Aguadero, Funcionaria del Subgrupo A2 de la Comunidad Foral de Navarra.
Doña Josefina Iglesias Gómez, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don Ángel García Ballesteros, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Francisco Javier Izquierdo Lezaun, Funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Foral de Navarra.
Tribunal Delegado del País Vasco
Tribunal titular:
Presidenta: Ilma. Sra. doña Beatriz Eva Román Gobernado, Magistrada.
Vocales:
Don Jesús Sevillano Hernández, Letrado de la Administración de Justicia.
Doña Concepción Urbieta Laviada, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Marian Esteban Martínez, Funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.
Doña Elena Durana Vegas, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña Teresa Hervias Hervias, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Marian Arin Arrieta, Funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal suplente:
Presidenta: Ilma. Sra. doña Ana Jesús Zulueta Álvarez, Magistrada.
Vocales:
Doña M.ª Jesús Arizaga Ziordia, Letrada de la Administración de Justicia.
Doña Visitación Fernández Gómez de Cadiñanos, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Ion Andoni Porturas Izaguirre, Funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Doña Isabel Bizcarra Encuentra, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña Blanca Jiménez Gaviria, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretario: Don Jesús Navarro Medina, Funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal Delegado de la Rioja
Tribunal titular:
Presidente: Ilmo. Sr. don Enrique Stern Briones, Fiscal Superior.
Vocales:
Doña Luis Fernando Santos del Valle, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Fernando Dueñas Fraile, Letrado de la Administración de Justicia.
Doña María Nieves Palacios Martínez, Funcionaria subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Doña Isabel Delgado Ortega, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Don Juan Carlos Giménez Martínez, Funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña Almudena Vázquez Aransay, Funcionaria subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.
Tribunal suplente:
Presidente: Ilmo. Sr. don José Carlos Orga Larres, Magistrado.
Vocales:
Doña María Añibarro Fernández, Letrada de la Administración de Justicia.
Don Manuel García-Miguel García-Rosado, Letrado de la Administración de Justicia.
Doña María Guadalupe Molina Carazo, Funcionaria subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.
Doña Pilar Monge Siciliar, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Doña Elisa Gallego Porcel, Funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Secretaria: Doña María Isabel Ruiz Martínez, Funcionaria subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma,
Unidad de Colaboración de Albacete
Presidente:
Titular: Don Luis Miguel Fresneda Fresneda.
Suplente: Don Francisco Leonardo García Alfaro.
Vocales titulares:
Don Ángel Garrido Paños.
Doña María Victoria Navarro Vázquez.
Doña Cristina Castilla Yáñez.
Suplentes:
Doña Manuela Romero Sánchez.
Doña Rufina Gómez Segovia.
Don Antonino Motos González.
Unidad de Colaboración de Cáceres
Presidente:
Titular: Don Diego Plata Pedrazo.
Suplente: Don José Ignacio Cercas Sánchez.
Vocales titulares:
Doña Virginia López Izquierdo.
Doña Teresa Granado Rico.
Don Francisco Sabido Martín.
Suplentes:
Don Ramón Cobián Prieto.
Doña María del Carmen Manzano Martín-Javato.
Doña María Ángeles Santillana Floriano.
Unidad de Colaboración de Ceuta
Presidente/a:
Titular: Don Víctor Rodríguez Sendón.
Suplente: Doña María del Rosario Jiménez Lechuga.
Vocales titulares:
Don Antonio Jesús Escalante García.
Doña Rosario Giménez Martí.
Doña Marta Iglesias Linde.
Suplentes:
Don Francisco Chicón Córdoba.
Don Jorge Oliva Velasco.
Don Pedro Carlos Garrido Matas.
Unidad de Colaboración de Melilla
Presidenta:
Titular: Doña M.ª Gloria Márquez Manzano.
Suplente: Doña Josefina Miralles Santos.
Vocales titulares:
Doña Ángeles Agulló Suárez.
Don José Antonio Aniado del Moral.
Doña Milagros Sánchez Marín.
Suplentes:
Doña Encarnación Leal Vázquez.
Don Manuel Roberto González Lamigueiro.
Don Fernando Anselmo Caño Blázquez.
Unidad de Colaboración de Murcia
Presidenta/e:
Titular: Doña Julia García de la Calzada.
Suplente: Don Felipe García Martínez.
Vocales titulares:
Doña Carmen González Marín.
Doña María Lorca Sánchez.
Don Juan Antonio Alcaraz Úbeda.
Suplentes:
Don Miguel Ángel Giménez Belmonte.
Doña Isabel María Villa Bernabé.
Don Mariano Soriano de Liras.
Unidad de Colaboración de Tenerife
Presidenta:
Titular: Doña Matilde Valentín Fernández.
Suplente: Doña Asunción Pino Jiménez Marrero.
Vocales titulares:
Doña Pilar Candelaria Hernández Cabrera.
Don José María Yanes González.
Doña Ana Isabel Martín Leyva.
Suplentes:
Doña Luisa María Amelia Guimerá Ravina.
Doña Rosario Fátima Fernández Taviel de Andrade.
Doña María del Carmen Bujalance Jiménez.
Unidad de Colaboración de Illes Balears
Presidenta:
Titular: Doña M.ª Victoria Torres García-Lomas.
Suplente: Doña Joana María Collado García.
Vocales titulares:
Doña M.ª del Carmen Rodríguez Martín.
Doña María Luisa Tolivia Sánchez.
Don Francisco Javier Barba Martín.
Suplentes:
Don Josep Antoni Coll Pons.
Doña Rosá María Morales Cerdá.
Don Martín Guillén Mestre.
Unidad de Colaboración de Valladolid
Presidente:
Titular: Don Arturo López Sacristán.
Suplente: Don Juan Ibares Hernández.
Vocales titulares:
Don Pedro Antonio Rodríguez Moreda.
Doña Libertad Sánchez Martín.
Doña Asunción Trueba Ruiz.
Suplentes:
Don Jorge Carcedo Moldón.
Doña Concepción Carranza García.
Doña Isabel Perales Teurlais.
ANEXO III
Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud de admisión
Lea atentamente y siga las siguientes instrucciones
Muy importante. Este impreso se descarga gratuitamente en las páginas web que se indican en la convocatoria y contiene una numeración. No utilice fotocopias porque no podrán ser admitidas.
Instrucciones generales:
Escriba con bolígrafo negro o azul sobre superficie dura y lisa, utilizando mayúsculas tipo imprenta
Evite realizar correcciones, enmiendas o tachaduras
No olvide firmar el impreso en el recuadro correspondiente.
Instrucciones particulares:
Casillas 15 y 16. Indique el Cuerpo, en su caso la Especialidad, y el Código que se indiquen en la convocatoria.
Casilla 20. Indique la provincia, con su código, en que desea realizar en examen de entre las que se indiquen en la orden de convocatoria.
Aspirantes con discapacidad. Opten o no por el cupo de reserva indicarán el grado de discapacidad, según el dictamen del órgano competente, en la casilla 21, e indicarán en su caso, en la casilla 23 la adaptación que pudieran precisar, acompañando el informe acerca de su procedencia. Quienes, además, opten por el cupo de reserva, lo indicarán marcando un aspa en la casilla 22 «Reserva discapacidad».
Pruebas optativas de lengua autonómica y derecho foral. Cuando así lo prevean las convocatorias, quienes deseen examinarse escribirán en la casilla correspondiente la palabra «Realiza», quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta» y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, escribirán «Documenta y realiza».
Instrucciones para el pago de tasas y la presentación del impreso.
Consigne en el recuadro destinado a «Importe» el correspondiente a los derechos de examen que se indican en la convocatoria, ya que es un impreso autoliquidativo.
Presente esta solicitud, original y dos copias, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o cooperativa de crédito que actúan como entidades colaboradoras de la recaudación tributaria. (No es preciso tener cuenta abierta).
La entidad colaboradora le deberá devolver, debidamente sellados, el «ejemplar para el interesado», que servirá como justificante de pago y el «ejemplar para la administración»
El «ejemplar para la administración» de esta solicitud deberá entregarse en alguno de los registros indicados en la convocatoria, que también sellarán el «ejemplar para el interesado». Este sello del Registro servirá como justificante de la presentación.
Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el justificante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figure en la convocatoria.
ANEXO IV
Don/Doña.................................................................................................., con domicilio en.................................................................................., de.................... años de edad, con documento nacional de identidad número................................, declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido/a en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones legales.
En ..........................., .............. de ...................................... de ...................
El/la declarante,

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