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miércoles, 21 de agosto de 2019

Resolución de 23 de julio de 2019, de la Dirección General de la Policía, por la que se aprueba la relación de admitidos y excluidos a la oposición de ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía.

En el BOE del 12/08 se ha publicado:


n virtud de lo establecido en la base 4.1. de la Resolución de este Centro Directivo, de 19 de junio de 2019 (BOE núm. 154, del 28 de junio), por la que se convocaba oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, de la Policía Nacional, se dispone lo siguiente:
Primero. Lista de admitidos.
Aprobar y hacer pública la lista de admitidos a la oposición, con indicación del número del Documento Nacional de Identidad, y del idioma o idiomas elegidos por cada aspirante para la realización de los correspondientes ejercicios.
Dicho listado podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es http://www.interior.gob.es y htttp://www.administracion.gob.es; así como en el teléfono 902.150.002.
Segundo. Excluidos y causas de exclusión.
Hacer pública en anexo a la presente Resolución y en las Dependencias a que se refiere el número anterior, la lista de excluidos, con indicación de la causa o causas de exclusión.
Las causas de exclusión se determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias:
(A) Falta firma en la instancia.
(B) Falta requisito de edad.
(C) Instancia fuera de plazo.
(D) Falta requisito de titulación.
(E) Falta permiso de conducir de la clase B.
(F) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen o haberlo efectuado fuera de plazo.
(G) Instancia mal cumplimentada.
(H) Falta requisito nacionalidad española.
(I) No haber remitido el certificado del INEM o en el remitido no acredita fecha de inscripción como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes o no acredita no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
(J) No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
(K) No haber remitido título de familia numerosa en vigor.
Tercero. Funcionarios en activo.
En las listas mencionadas en los puntos anteriores, figuran con la indicación «(1)» aquellos aspirantes a los que le es de aplicación lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 8 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
Cuarto. Reclamaciones.
Para subsanar los defectos que puedan existir en la lista de admitidos, o formular reclamación contra la de excluidos u omitidos, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Las reclamaciones deberán remitirse a la División de Formación y Perfeccionamiento, avda. Pío XII, núm. 50, 28071 Madrid.
Asimismo, los interesados podrán dirigirse a los teléfonos de la citada División 913227600 y 913227612, para solicitar cualquier información relativa a la presente Resolución o para la corrección de simples errores materiales.
Madrid, 23 de julio de 2019.–El Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.
ANEXO I
Lista provisional de excluidos

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