Se ha publicado en la página web del Museo del Prado la siguiente convocatoria:
RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2012, de la Dirección del Organismo Público Museo
Nacional del Prado, por la que se convocan procesos selectivos de la categoría de Auxiliar de
Servicios Generales (Vigilancia de Salas), sujetos al Convenio Colectivo del Museo Nacional
de Prado.
Para descargar las bases, aquí.
Resumen:
La convocatoria
La Dirección del Organismo Público Museo Nacional del Prado, por la que se convocan procesos selectivos de la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Vigilancia de Salas), sujetos al Convenio Colectivo del Museo Nacional de Prado, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar
varios procesos selectivos.
El procedimiento
Turno: libre.
Procedimiento: concurso-oposición.
Las plazas
Categoría: Auxiliar de Servicios Generales.
Funciones: Vigilancia de Salas, información al visitante.
N.º de plazas convocadas: 411 plazas.
Distribución de las plazas:
- 400 candidatos para la contratación de personal laboral temporal de la categoría de Auxiliar de Servicios Generales
(Vigilancia de Salas), grupo profesional III, nivel 6.
- 11 plazas de la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Vigilante de Salas) con personal de nuevo ingreso,
grupo profesional III, nivel 6, de personal laboral fijo.
Los requisitos
a) Tener la nacionalidad española. Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores dependientes.
Quienes no estando incluidos en las anteriores especificaciones se encuentren en España en situación de legalidad.
CONVOCADAS POR EL MUSEO NACIONAL DEL PRADO
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Técnico u otras
titulaciones equivalentes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están
en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de la Disposiciones de Derecho Comunitario.
d) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no
sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al
empleo público.
La solicitud
Plazo para presentar la solicitud: desde el 22 de diciembre de 2012 hasta el 10 de enero de 2013.
Lugar y modo de presentación: la presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Museo Nacional del Prado, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria y se dirigirán al Director del Museo Nacional del Prado.
A la solicitud se acompañará:
- Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
- Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.
PROCESO SELECTIVO Y PRUEBAS
Fase de Oposición
La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, constará de un único ejercicio que se compondrá de cuatro
pruebas a realizar en dos partes, que se harán en el mismo acto:
a) Primera parte: consistirá en tres pruebas tipo test que se realizarán en un único cuadernillo de examen, y que
estarán estructuradas de la siguiente manera:
– Comprensión verbal: esta prueba constará de, al menos, 25 y como máximo 30 preguntas, para realizar entre
10 y 15 minutos.
– Lógica matemática y atención: esta prueba constará de, al menos, 40 y como máximo 50 preguntas, para realizar
entre 10 y 15 minutos.
– Conocimientos: esta prueba constará de 30 preguntas para realizar en 15 minutos.
El Órgano de selección indicará a los aspirantes el momento de inicio y finalización de cada una de las tres pruebas
anteriormente descritas.
b) Segunda parte: consistirá en un ejercicio tipo test, dirigido a la evaluación de las competencias personales de los candidatos, y constará de entre 90 y 110 preguntas para realizar en 50 minutos.
El Órgano de selección fijará las puntuaciones mínimas necesarias para superar cada una de las pruebas.
En cada una de ellas, las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Órgano de selección.
La calificación final de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la sumas de la puntuaciones obtenidas en las cuatro pruebas de esta fase.
En caso de empate, el orden en la fase de oposición se establecerá atendiendo los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda parte.
2.º Mayor puntuación obtenida en la prueba de lógica matemática y atención.
3.º Mayor puntación obtenida en la prueba de conocimientos.
Fase de Concurso
Se valorarán, hasta un máximo de 20 puntos, los siguientes méritos, que deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: máximo 5 puntos. Experiencia profesional en puestos de trabajo de idéntica especialidad o actividad principal, con funciones y tareas iguales a las asignadas a la plaza a cubrir:
– Forma de puntuación: 0,25 puntos por cada año completo de experiencia o fracción superior a 6 meses.
– Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social en los demás casos. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia
alegada.
En todo caso, la experiencia se valorará con independencia del ámbito de adquisición.
Méritos formativos: máximo 15 puntos. Poseer algún tipo de titulación académica superior a la exigida para participar en el proceso selectivo, o haber superado el proceso selectivo de acceso como personal laboral fijo, a algún puesto de similar categoría profesional y contenido funcional que los correspondientes al puesto a cubrir, siempre y cuando dicho proceso se hubiera celebrado en los dos años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria. A estos efectos sólo podrá valorarse una titulación superior.
– Puntuación máxima: 5 puntos.
– Forma de puntuación: 2,5 puntos por cada titulación o proceso selectivo superado.
– Forma de acreditación: fotocopia compulsada de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios
necesarios para su obtención, o de haber superado el correspondiente proceso selectivo.
– Cursos relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta. A estos efectos se valorarán únicamente los cursos sobre las siguientes materias:
* Atención al visitante.
* Seguridad.
* Primeros auxilios.
* Idiomas.
* Atención a discapacitados.
* Prevención de riesgos laborales.
* Cursos relacionados con las colecciones del Museo.
Más información: consultar Resolución de 21 de diciembre de 2012, de la Dirección del Organismo Público Museo Nacional del Prado.
PROGRAMA DE MATERIAS
* Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado (BOE de 26 de noviembre). * RD 433/2004, marzo).
* Convenio Colectivo del Organismo Público Museo Nacional del Prado (BOCM de 9 de mayo de 2012).
* Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
* Colecciones del Museo Nacional del Prado (conocimientos básicos que pueden encontrarse en la página web del Museo Nacional del Prado).
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