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domingo, 1 de octubre de 2017

Resolución de 25 de septiembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo, fuera de convenio, de personal investigador doctor, con certificado I3, en la modalidad de Investigador Distinguido, en los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, convocado por Resolución de 25 de enero de 2017.

En el BOE del 28/09 se ha publicado:


De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento general de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en el apartado decimotercero de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que rigen los procesos selectivos para el ingreso o acceso en cuerpo o escalas de la Administración General del Estado, resuelvo:
Primero.
Declarar aprobadas las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. Las listas completas de aspirantes admitidos podrán consultarse en la página web de los Organismos a los que corresponden las diversas plazas y en la del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Segundo.
Publicar la relación provisional de excluidos que figura como anexo I de esta resolución, con indicación de los motivos de exclusión.
Tercero.
Convocar a los aspirantes admitidos para la celebración de la primera fase del concurso en la fecha, hora y lugar que se especifica en el anexo II de esta resolución.
Cuarto.
Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos, por no figurar ni en la lista de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos. Los escritos de subsanación de defectos podrán presentarse en los Registros Generales de los Organismos correspondientes a la especialidad a la que se concurre, cuyas direcciones figuran en el apartado 4.2 de la convocatoria.
Concluido este plazo, si se producen modificaciones, se hará pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y, en su caso, de excluidos, que se expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta resolución.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la participación de las pruebas selectivas.
El día de celebración de la primera fase del concurso, los opositores deberán ir provistos del documento nacional de identidad o cualquier otro documento admisible, que les acredite suficientemente y el ejemplar para el interesado de la solicitud de admisión a prueba, y entregarán al Tribunal el sobre cerrado que contenga el resumen sobre la visión del aspirante acerca del estado actual del tema objeto de la plaza convocada, así como sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevea desarrollar el candidato en relación con la especialidad por la que se presenta y que está recogido y explicitado en el apartado 4.5 de la convocatoria del proceso selectivo y en el punto 4 del anexo I «descripción del proceso selectivo» de dicha convocatoria.
Una vez que los Tribunales juzgadores de este proceso selectivo hayan valorado los méritos de los distintos aspirantes presentados relativos a la primera fase del concurso y en la resolución por la que se relacionen los distintos aspirantes que han superado dicha primera fase. Se les convocará a la realización de la segunda fase del concurso en el lugar, fecha y hora que se especifique en la misma.
Madrid, 25 de septiembre de 2017.–El Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.
ANEXO I

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