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sábado, 19 de enero de 2019

Resolución de 19 de diciembre de 2018, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se modifica la de 23 de julio de 2018, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

En el BOE del 4/01 se ha publicado:


Por Resolución de 23 de julio de 2018 se convoca, entre otras, una plaza de Catedrático de Universidad del área de conocimiento de Derecho Internacional Privado, adscrita al Departamento de Derecho Internacional, Eclesiástico y Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho. Actividades docentes a desarrollar: «Derecho Internacional Privado y Derecho del Comercio Internacional». Perfil investigador: «Derecho del comercio internacional». n.º de concurso: 18100-P. (Promoción Interna). «BOE» de 27 de agosto.
En el Anexo III de la citada resolución se nombra a la Comisión titular y suplente que deberá juzgar el concurso de referencia.
Con fecha 14 de septiembre de 2018 tiene entrada en el Registro General de la Universidad escrito a través del cual se interpone recurso de reposición contra la anterior Resolución, impugnando, entre otros, el nombramiento de la Comisión.
Por Resolución de 14 de noviembre se estima el recurso de reposición contra la Resolución de 23 de julio por la que se nombra la Comisión titular y suplente del concurso n.º 18100-P, anulando el nombramiento de la Comisión juzgadora y conservando todos los actos que no están afectados por la anulación.
En ejecución de esta resolución, de conformidad con lo acordado en el Consejo de Gobierno, en su sesión de 18 de diciembre de 2018, este Rectorado ha resuelto nombrar a los miembros de la nueva Comisión según se detalla en el anexo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la UCM, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP.
Madrid, 19 de diciembre de 2018.–El Rector, P.D. (Resolución de 15 de junio de 2015), la Vicerrectora de Política Académica y Profesorado, Carmen Fernández Chamizo.
ANEXO

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