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jueves, 6 de julio de 2017

Resolución de 15 de junio de 2017, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se corrigen errores en la de 30 de marzo de 2017, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

En el BOE del 6/07 se ha publicado:


1.º Por el Departamento de Economía de esta Universidad, se advirtió la existencia de un error en la propuesta de cobertura de dos plazas de los cuerpos docentes universitarios (Identificadores DF000657 y DF000658), en particular, la descripción de los méritos de docencia en los mismos términos que los méritos de investigación.
2.º Por el Departamento se procedió a poner de manifiesto dicho error y a su corrección.
3.º Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de fecha 14 de junio de 2017 se ha aprobado la corrección de dicho error en los términos manifestados por el Departamento.
4.º Procede, por tanto, con mantenimiento y conservación de las actuaciones realizadas hasta el momento, la corrección parcial de la Resolución de 30 de marzo de 2017 (B.O.E. de 17 de abril) por la que se convocaban concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios, conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, resuelvo:
Primero.
Corregir el error existente en los concursos de acceso a las plazas con identificador DF000657 y DF000658 en los términos siguientes:
ANEXO III
Criterios de selección
DEPARTAMENTO: ECONOMÍA.
IDENTIFICADOR: DF000657.
ÁREA: FUNDAMENTOS DEL ANÁLISIS ECONÓMICO.
PROVISIÓN: PROMOCIÓN INTERNA.
CUERPO: CATEDRÁTICO DE UNIVERSIDAD.
(…)
Donde dice:
«2. Méritos de Docencia (15 puntos).
Se valorarán la cantidad y calidad de trabajos y el prestigio de las revistas donde se han publicado; el impacto de la investigación realizada y la variedad de temas de investigación, y el periodo de actividad profesional en el que ha conseguido sus méritos.»
Debe decir:
«2. Méritos de Docencia (15 puntos).
Se valorará la experiencia docente de cursos avanzados y la dirección de tesis, el diseño y coordinación de cursos, la publicación de libros de texto y notas de clase, los resultados de evaluación docente.»
DEPARTAMENTO: ECONOMÍA.
IDENTIFICADOR: DF000658.
ÁREA: ECONOMÍA APLICADA.
PROVISIÓN: TURNO LIBRE.
CUERPO: PROFESOR TITULAR DE UNIVERSIDAD.
(…)
Donde dice:
«2. Méritos de Docencia (15 puntos).
Se valorarán la cantidad y calidad de trabajos y el prestigio de las revistas donde se han publicado; el impacto de la investigación realizada y la variedad de temas de investigación, y el periodo de actividad profesional en el que ha conseguido sus méritos.»
Debe decir:
«2. Méritos de Docencia (15 puntos).
Se valorará la experiencia docente de cursos avanzados y la dirección de tesis, el diseño y coordinación de cursos, la publicación de libros de texto y notas de clase, los resultados de evaluación docente.»
Segundo.
Conservar todas las actuaciones practicadas hasta el momento en relación con la convocatoria de los dos concursos afectados por el error, en particular, las solicitudes presentadas hasta la fecha y la admisión de candidatos.
Tercero.
Suspender y dejar sin efecto los plazos de constitución de la Comisión de Selección, hasta tanto tenga lugar la publicación de esta Resolución a los efectos de lo dispuesto en el artículo 5.4 de la Normativa de la Universidad Carlos III de Madrid por la que se regula la creación, convocatoria y provisión de plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y Profesores Titulares de Universidad, aprobada por el Consejo de Gobierno en sesión de 25 de junio de 2009.
Cuarto.
Conferir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de 15 días naturales a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Quinto.
Publicar esta Resolución en el BOE, BOCM Y BOEL.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3ª del Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Getafe, 15 de junio de 2017.–El Rector, Juan Romo Urroz.

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