Con fecha 15 de febrero de 2010, se suscribió el Concierto entre la Consejería de Sanidad-Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Carlos III de Madrid para la formación universitaria práctica de los estudiantes de Ingeniería Biomédica y el desarrollo conjunto de actividades de investigación en este campo.
Mediante Resolución de 15 de julio de 2016, conjunta de la Universidad Carlos III de Madrid y de la Consejería de Sanidad («BOCM» de 15 de septiembre de 2016) se procedió a la convocatoria de la plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios: Facultativo Especialista en Medicina Nuclear, Hospital Universitario Gregorio Marañón.
La Universidad Complutense de Madrid, con fecha 15 de noviembre de 2016, requirió, en base al artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a la Universidad Carlos III de Madrid y a la Comunidad de Madrid para que se procediera a la anulación de la convocatoria de la plaza por falta de publicación del citado Concierto.
A la vista del citado requerimiento, mediante Resolución de la Universidad Carlos III de Madrid, de 11 de enero de 2017, se acordó suspender el desarrollo del proceso selectivo del concurso de acceso a la mencionada plaza vinculada.
Mediante Oficio, de 6 febrero de 2017, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 18 de Madrid, se acuerda admitir a trámite la demanda presentada por la Universidad Complutense de Madrid contra la Consejería de Sanidad y la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se solicita la anulación de la Resolución conjunta de 15 de julio de 2016, por la que se convocaba la plaza vinculada, al no haberse publicado el concierto que sirve de base a la convocatoria de dicha plaza.
En el «BOCM» de fecha 17 de marzo de 2017, se procede a la publicación: «ANUNCIO de concierto entre la Consejería de Sanidad-Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Carlos III de Madrid para la formación universitaria práctica de los estudiantes de Ingeniería Biomédica y el desarrollo conjunto de actividades de investigación en este campo», insertándose el contenido del concierto suscrito el 15 de febrero de 2010.
Por todo ello, una vez publicado el concierto entre la Consejería de Sanidad-Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Carlos III de Madrid procede dejar sin efecto la Resolución conjunta de 15 de julio de 2016 por la que se convoca la plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
En su virtud, la Consejería de Sanidad y la Universidad Carlos III de Madrid resuelven:
Dejar sin efecto la Resolución de 15 de julio de 2016, conjunta de la Universidad Carlos III de Madrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Carlos III de Madrid y el Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 5 de mayo de 2017.– El Rector, Juan Romo Urroz.–El Consejero de Sanidad, Jesús Sánchez Martos.
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