Por Resolución de 27 de junio de 2017 («BOE» de 1 de julio), de la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se aprobaron las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos y se publicó la relación de aspirantes excluidos del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, como personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría profesional de Coordinador de Prensa, convocado por Resolución de 8 de mayo de 2017 («BOE de 16»). En el apartado tercero de la mencionada Resolución de 27 de junio de 2017 se otorgaba un plazo de diez días hábiles tanto a los aspirantes excluidos como a los omitidos, por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, para subsanar los defectos que hubieran motivado su no admisión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos. Transcurrido el citado plazo y, una vez subsanados los defectos u omisiones correspondientes, se acuerda:
Primero.
Aprobar las modificaciones producidas en las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo aprobadas por Resolución de 27 de junio de 2017 («BOE» de 1 de julio). Las listas de aspirantes admitidos con las modificaciones correspondientes se encontrarán expuestas en el tablón de anuncios del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, en la página web www.museoreinasofia.es, así como en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.
Segundo.
Publicar como anexo a la presente Resolución la lista de aspirantes excluidos, con expresión de las causas de exclusión, incorporando las modificaciones a que se ha hecho referencia en el apartado anterior.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subdirector Gerente del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en el plazo de un mes o bien recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 19 de julio de 2017.–El Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Subdirector Gerente del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Michaux Miranda Paniagua.
ANEXO
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