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martes, 2 de agosto de 2011

Se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, fecha de examen a las pruebas selectivas convocadas para proveer plazas de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios

En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de hoy se ha publicado:

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para la resolución de las reclamaciones presentadas contra la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 220 plazas de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios que fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 17 de junio de 2011.
La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en el apartado 6.4. de las bases generales aprobadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 23 de abril de 2009.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de 21 de junio de 2011 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.
Por lo expuesto y en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2.i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 21 de junio de 2011,

DISPONGO

Primero.- Estimar las reclamaciones presentadas por los aspirantes que se relacionan en el ANEXO I, a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 220 plazas de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios, al haber acreditado estar en posesión de todos los requisitos exigidos.

Segundo.- Desestimar las reclamaciones presentadas por los aspirantes que se relacionan en el ANEXO II por los motivos que en el mismo se indican.

Tercero.- Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas, por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 3 de diciembre de 2010 (modificado por decreto de fecha 15 de marzo de 2011) , para proveer 220 plazas de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios, incluyendo las modificaciones referidas en los ANEXOS que acompañan al presente Decreto.

Cuarto.- El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar el día 27 de septiembre de 2011, celebrándose en dos llamamientos, a las 8,30 y 12,00 horas en el Pabellón de La Pipa del recinto ferial de la Casa de Campo.

Quinto.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid.

Sexto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

I. - Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

II. - Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III. - Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 27 de julio de 2011.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.
Este documento contiene anexos. Puede descargarlos mediante los enlaces directos correspondientes.

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