Por Orden INT/1224/2011, de 10 de mayo, se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias («Boletín Oficial del Estado» del 16).
Una vez finalizada la fase de oposición y entregada por el Presidente del Tribunal, copia certificada de las listas de aprobados por orden de puntuación, en virtud de lo previsto en el punto decimoséptimo.2 (Superación del proceso selectivo) de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del 27), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso se resuelve:
Primero.
Hacer pública la relación de aprobados en la fase de oposición, por orden de puntuación, de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, que será remitida para su exposición en las Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas, Subdelegaciones de Gobierno de las provincias, Dirección General de la Función Pública, Centro de Información Administrativa del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública e igualmente expuestas en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, calle Alcalá, números 38-40, 28014 Madrid.
Segundo.
En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, la siguiente documentación:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria. Aquellos que no estén en posesión del título exigido deberán presentar certificación académica original o compulsada que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención del título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la credencial de su homologación.
B) Fotocopia del documento nacional de identidad.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes aprobados que se encuentren actualmente contratados como personal funcionario interino del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, están exentos de presentar la documentación referida en los apartados A y B.
Tercero.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos reseñados en el apartado anterior, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto.
Los aspirantes que completen la documentación solicitada, están convocados para la realización del curso formativo para el 16 de enero de 2012.
Quinto.
La presente Orden, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano que la ha dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional, pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Madrid, 20 de diciembre de 2011.–El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Director General de Gestión de Recursos de Instituciones Penitenciarias, Antonio Puig Renau.
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