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viernes, 13 de enero de 2012

SUSPENSIÓN DE PROCESOS SELECTIVOS DE NUEVO BAZTÁN

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de ayer se ha publicado:

Visto que por decreto de 13 de junio de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 14 de junio de 2011), se acordó la modificación de las fechas de examen de
plazas correspondientes a la ejecución de la oferta de empleo público de 2010 y, considerando,
que dicho retraso en la fecha de las pruebas traía causa de las dudas suscitadas en torno
a la legalidad del proceso selectivo, y habida cuenta de que se halla en trámite un recurso
contencioso-administrativo por derechos fundamentales contra la citada convocatoria.
Considerando, que pese a dichas dudas sobre la legalidad no procede, provisionalmente,
el inicio de un expediente de revisión de oficio, toda vez que los mismos actos se
encuentran “sub iudice”.
Considerando, que conviene en virtud del principio de eficacia, despejar toda duda sobre
la legalidad de las bases y las convocatorias, con carácter previo a su ejecución, en evitación
de procesos eventualmente innecesarios y por respeto a los derechos tanto de los aspirantes
como de terceros; así como para tratar de evitar perjuicios de imposible o difícil reparación.
Considerando, además, que la situación financiera de la Entidad Local está evidenciando
las dificultades para hacer frente incluso a las obligaciones correspondientes al capítulo I
de gastos por nóminas, produciéndose lamentablemente retraso en el pago a los empleados.
Cuestión que obligará a replantearse incluso la posibilidad de incrementar la plantilla.
Por todo ello, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo
45.14.a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
RESUELVO
Primero.—Suspender provisionalmente los procesos selectivos correspondientes a la
oferta de empleo público de 2010 hasta tanto se pronuncie sobre su legalidad el Juzgado de
lo contencioso-administrativo número 33 de Madrid.
Segundo.—Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón
de anuncios del Ayuntamiento y página web municipal www.infonuevobaztan.com.
Advirtiéndole de que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, y contra
la misma cabe interposición (potestativamente, artículo 116 de la Ley 4/1999, de modificación
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común), del recurso de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o podrá ser impugnado directamente ante
el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa), contados desde el día siguiente al de la notificación del acto
que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
En el caso de que sea recurrido potestativamente en reposición el acto administrativo que
ponga fin a la vía administrativa, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
(artículo 116 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común),
hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso
de reposición interpuesto. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo
se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso
potestativo de reposición o en que este deba entenderse desestimado (artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Nuevo Baztán, a 16 de diciembre de 2011.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez y el vicesecretario-
interventor (a los solos efectos de fe pública), Felipe Rodríguez Serrano.

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