En el Boletín de la Comunidad de Madrid de ayer se ha publicado:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre, de Universidades, según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12
de abril, en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de
los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, y a tenor de lo establecido en
el artículo 85.1 de los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados por
Decreto 58/2003, de 8 de mayo, del Consejo de Gobierno (en adelante EUCM), y en la regulación de los concursos de acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios, aprobada por
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de febrero de 2009.
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso plazas vacantes de los Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios.
Las bases de la convocatoria se publican en el “Boletín Oficial del Estado”, así como
en el tablón de anuncios del Rectorado de esta Universidad (avenida Séneca, número 2,
28040 Madrid), y en Internet, en la dirección http://www.ucm.es
El plazo de presentación de instancias se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
El resto de las actuaciones necesarias para la conclusión de los concursos se irán haciendo públicas en los lugares indicados en las bases de la convocatoria.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No
obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente,
puede optarse por interponer contra la presente Resolución recurso de reposición ante el
Rector de la UCM, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116
y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 12 de julio de 2011.—El Rector, PD de firma (Resolución Rectoral de 15 de
junio de 2011), el Vicerrector de Ordenación Académica, Eumenio Ancochea Soto
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