En el Boletín Oficial del Estado de hoy se ha publicado:
En virtud de lo dispuesto en la base 4.1 de la Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, de 23 de mayo de 2011 («BOE» número 147, del 21 de junio), por la que se convocó oposición para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, se dispone lo siguiente:
Primero. Lista de admitidos.
Aprobar y hacer pública la lista de admitidos a la oposición, con indicación del número del Documento Nacional de Identidad, de la ciudad sede de examen asignada para la realización de las pruebas correspondientes y del ejercicio voluntario de idioma.
Dicho listado se halla expuesto al público en el Centro de Información Administrativa, Calle María de Molina, número 50, teléfono 060, la Subdirección General de Ayudas a Víctimas del Terrorismo y de Atención Ciudadana del Ministerio del Interior (Calle Amador de los Ríos, número 8, de Madrid; teléfono 902150002), en la División de Formación y Perfeccionamiento, Avenida de Pío XII, número 50, de Madrid, en todas las Comisarías Provinciales del Cuerpo Nacional de Policía y en la página Web https://sede.policia.gob.es.
Segundo. Excluidos y causas de exclusión.
Aprobar y hacer pública en anexo a la presente Resolución, y en los organismos y dependencias a que se refiere el número anterior, la lista de excluidos, con indicación, además, de la causa o causas de exclusión, las cuales se determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias:
(A) Falta firma en la instancia.
(B) Falta requisito de edad.
(C) Instancia fuera de plazo.
(D) Falta requisito de titulación.
(E) Falta permiso de conducir B o B-1.
(F) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen, haberlo efectuado fuera de plazo o incompleto.
(G) Instancia mal cumplimentada.
(H) Falta requisito nacionalidad española.
(I) No haber remitido el certificado del INEM o en el remitido no acredita fecha de inscripción como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes o no acredita no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
(J) No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
(K) No haber remitido título de familia numerosa en vigor.
Tercero.
En dichas listas aparecen señalados con (1) los aspirantes a las plazas reservadas a los militares profesionales de tropa y marinería.
Cuarto. Reclamaciones.
Para subsanar los defectos que puedan existir en la lista de admitidos, o formular reclamación contra la de excluidos u omitidos, los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Las reclamaciones deberán remitirse a la División de Formación y Perfeccionamiento, Avenida de Pío XII, número 50, 28071 Madrid.
Los omitidos, es decir, los que no aparecen en la lista de admitidos ni en la de excluidos, son aquellos que no remitieron en su momento a la División de Formación y Perfeccionamiento del Cuerpo Nacional de Policía la solicitud de participación en el proceso o que habiéndola remitido, no se recibió.
Asimismo, los interesados podrán dirigirse a los teléfonos de la citada División 913227597 y 913227598, para solicitar cualquier información relativa a la presente Resolución o para la corrección de simples errores materiales.
Madrid, 5 de septiembre de 2011.–El Director General de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez López.
Para ver el anexo pinchar en el enlace de arriba.
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