Visto el expediente administrativo, así como el informe de Secretaría de fecha 25 de mayo de 2011, visto el informe de Intervención de fecha 13 de mayo de 2011 y de acuerdo a lo previsto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, existiendo razones de oportunidad, se ha resuelto:
Dejar sin efecto la Resolución de 25 de mayo de 2011 y proceder a la anulación de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» número 131, de 2 de junio de 2011, para proveer una plaza de Arquitecto Superior, ordenando la devolución de las tasas a quienes, hasta este momento, hayan efectuado el pago de las mismas.
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